martes, 26 de febrero de 2019

Solo el sí es si

Sentenció la catedrática de la Universidad de Michigan y asesora de la Corte Penal Internacional Catherine MacKinnon en los noventa que el problema de la justicia es que el significado de lo que es una violación lo aporta la mujer, mientras que la norma para su tipificación penal la aporta el varón y el derecho masculino. En 2018, en el grito que recorrió España “no es abuso, es violación”, resonaba su teoría. Doce días después de las históricas movilizaciones del 8 de marzo se dictó la conocida ya por todos como “sentencia de la Manada”, que se hizo pública en abril. Las mujeres respondieron, y el feminismo atizó para denunciar la tantas veces minimizada y normalizada “cultura de la violación”. Hicieron saltar las alarmas sobre la desprotección de las víctimas de violencia sexual ante la justicia. Para gran parte de la ciudadanía, y esto no excluye a especialistas en Derecho, la respuesta judicial constituyó un claro ejemplo de la que fue bautizada como “justicia patriarcal”. Pese a las condenas, la calificación jurídica de los hechos como “abuso sexual” (contacto sexual no consentido) y no como “agresión sexual” (relación sexual impuesta con violencia o intimidación socialmente conocida como “violación”) provocó una crisis y de ella surgió una oportunidad de cambio.



El feminismo jurídico o iusfeminismo impulsó el portazo final a los mitos de la violación y a la masculinidad del Derecho. Abrazamos el convenio de Estambul para defender que la violencia sexual es violencia de género y que el sexo sin consentimiento es violación. El “solo el sí es sí” que desde 2014 impuso Europa fue baluarte para reivindicar la perspectiva de género en la práctica jurídica. El objetivo: la eliminación definitiva de estereotipos de género en la justicia. También lograr una reforma del Código Penal que redefiniera conceptos y resituara el consentimiento como epicentro de la libertad sexual. No es cualquier reforma. Es una con mujeres, con nuestro concepto de violación y nuestro punto de vista para feminizar el tratamiento jurídico de una violencia que nos azota desproporcionadamente. La Sección Penal de la Comisión General de Codificación asumió entonces el “no sin mujeres” y se puso manos a la obra para confeccionar el anteproyecto de reforma del Código Penal que destierra el abuso, reconoce el consentimiento activo, la violencia sexual en el ámbito de la pareja, la sumisión química y la violación en grupo. La formación y especialización en género, insertas ya como pieza del Pacto de Estado, y los pequeños grandes avances en la jurisprudencia del Tribunal Supremo (con sentencias recientes que recogen la perpectiva de género) coronan el inicio del fin de interpretaciones no adaptadas al contexto de discriminación y violencia en el que transcurre la vida de las mujeres. Los gritos abrieron el camino. Queda lo más difícil. La transformación social.

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